Estás haciendo una factura y, de pronto, un 21% más por aquí. ¿Por qué? Porque hay que pagar el IVA. Un impuesto que no gusta a nadie, pero que nos ha acompañado y nos acompañará a lo largo de toda nuestra vida, tengamos una empresa, seamos autónomos o simplemente vayamos a comprar al supermercado.

Hoy te voy a contar todo sobre el IVA, sobre los tipos de IVA que existen, qué actividades están exentas y cómo calcularlo en tu factura y liquidación trimestral. Coge tu calculadora y vamos a ello. Por cierto si tienes dudas decomo hacer una factura, tranquilo, ya había pensado en eso, sólo tienes que entrar en mi post.

 

¿Qué significa IVA?

IVA significa Impuesto sobre el Valor Añadido, aunque en Latinoamérica también es llamado Impuesto sobre el Valor Agregado. Es un impuesto indirecto que se paga cuando se hace uso de un determinado servicio o se compra un bien.

Es un impuesto indirecto, ya que no recae sobre los ingresos, sino sobre la producción y venta de las empresas y la compra de dichos productos. Vamos, que lo pagan los consumidores finales que compran el producto una vez terminado.

¿Y cuánto es el IVA en España? Actualmente, salvo que el Gobierno vuelva a cambiarlo es el 21%. Con respecto al resto del mundo, estamos en el puesto 19 empatados con países como Bélgica, Argentina o los Países Bajos. El IVA más alto del mundo lo tiene Hungría con un 27% y el más bajo Estados Unidos ya que oscila desde el 0% hasta el 11% dependiendo del Estado.

Tipos de IVA

Los tipos impositivos de IVA vigentes están divididos en tres grupos:

  • IVA superreducido (4%): es aplicado a los productos de primera necesidad como el pan, la leche, las frutas, los cereales y los quesos. Otros productos con este tipo de IVA superreducido son los libros, periódicos y revistas no publicitarios, medicamentos, sillas de ruedas, protesís y VPO.
  • IVA reducido (10%): en este tipo impositivo entran muchísimos productos, como los alimentos en general (salvo los del IVA superreducido), transporte de viajeros, plantas hortícolas y espectáculos deportivos amateur entre otros. Anteriormente este tipo impositivo estaba en el 8%.
  • IVA general (21%): el porcentaje que se aplica a casi todos los productos y servicios, salvo los que están incluidos en los anteriores apartados. De hecho, en la última modificación del IVA se aumentó el número de productos y servicios incluidos en este tipo impositivo con algunos servicios como el material escolar, salas de cine y teatro, veterinarios, peluquería, gimnasios, hostelería y otros parecidos.

En este 2015 se ha “amenazado” con realizar otra subida del IVA desde el Banco de España, aunque teniendo en cuenta que el año que viene hay elecciones dudo mucho que se vayan a subir. Pero para 2016-2017 no me extrañaría que se volviera a subir.

Actividades exentas de IVA

Hay actividades que están exentas de IVA, en las cuales se emite una factura pero no es necesario aplicar ninguno de los tipos impositivos que he explicado antes. ¿Y qué actividades entran dentro de las exenciones de IVA? Las siguientes:

  1. Operaciones médicas: todos los servicios relacionados con las hospitalizaciones, asistencia sanitaria (tanto pública como privada) que no sean operaciones de cirugía estética, digitopuntura, acupuntura, anturopatía o mesoterapia.
  2. Actividades educativas: todas las actividades de las escuelas públicas y privadas. No se incluyen los cursos a distancia, actividades extraescolares ni las clases particulares.
  3. Actividades sociales, culturales y deportivas de carácter social: deben ser realizadas por asociaciones privadas sin ánimo de lucro y en las que el presidente desempeñe su cargo gratuitamente. Aquí se incluyen algunas actividades como las bibliotecas, museos, monumentos, zoológicos, actividades para menores de 25 años, asistencia a minorias étnicas, eventos de autofinanciación, etc.
  4. Operaciones financieras y de seguro: servicios de empresas de seguro, depósitos en efectivo, créditos, préstamos, transferencias, tarjetas de crédito y todo lo relacionado con el mundo de la banca y los seguros.
  5. Operaciones inmobiliarias: entrega de terrenos rústicos para uso público o no edificables y segundas entregas de edificaciones.
En estos 5 apartados entran muchas más actividades, pero la mayoría son muy específicas. Si tienes dudas sobre si la actividad que desarrollas podría estar exenta de IVA, pregunta en los comentarios y te resuelvo la duda directamente.

Cómo calcular el IVA de una factura

Vale, ya sabes todo lo que hay que saber sobre el IVA. Ahora, te voy a enseñar a calcularlo en una factura, que es muy importante porque si te equivocas podrías tener problemas cuando hagas la liquidación trimestral. De todas formas, es muy fácil y será difícil que te equivoques.

Imagina que vendes un producto que vale 100 € y que está dentro del tipo impositivo de IVA general (21%). Para calcular el precio final de la factura, con IVA incluido, solo tendrías que multiplicar esa cifra por 1,21. En este caso, 100 por 1,21 sería igual a 121 €. Por lo tanto, soportarías 21 € de IVA y el precio para el cliente final sería de 121 €.

La regla general para cada tipo impositivo es la siguiente:

  • IVA superreducido: precio sin IVA x 1,04.
  • IVA reducido: precio sin IVA x 1,10.
  • IVA general: precio sin IVA x 1,21.

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Cómo hacer la declaración trimestral del IVA

El IVA de las facturas no es lo único que tienes que controlar si quieres llevar por ti mismo todo el tema de impuestos. También tienes que saber cómo hacer la declaración de IVA trimestral y debes conocer los conceptos de IVA soportado e IVA devengado:

  • IVA soportado: es el IVA que has pagado por los diferentes productos y servicios relacionados con tu actividad económica.
  • IVA devengado: IVA que que has cobrado por la realización de tu actividad económica.

Para saber cuánto tienes que ingresar en Hacienda cada trimestre, solo tienes que restar el IVA soportado al IVA repercutido o, lo que es más fácil, el IVA de todo lo que has pagado al IVA de todo lo que has cobrado. Usaré un ejemplo para que se entienda.

Imagina que en un trimestre has prestado los siguientes servicios:

  1. Servicio 1 por valor de 100 € a tipo reducido (10%).
  2. Servicio 2 por valor de 200 € a tipo general (21%).
  3. Servicio 3 por valor de 1.000 € a tipo general (21%).

Y por otro lado, has tenido que comprar los siguientes productos para realizar tu actividad:

  1. Producto 1 por valor de 100 € a tipo general (21%).
  2. Producto 2 por valor de 200 € a tipo reducido (10%).

Ahora, tendrías que calcular el IVA soportado (gastos) y el IVA devengado (lo que has cobrado):

  • IVA soportado: 21 € + 20 € = 41 €
  • IVA devengado: 10 € + 42 € + 210 € = 262 €

Y finalmente, haces la resta y tendrás el cálculo del IVA que tienes que pagar:

  • IVA devengado – IVA soportado = 262 € – 41 € = 221 €